Es una de las pocas certezas absolutas que tenemos los seres humanos, un día (esperemos que lo más tarde posible) nos moriremos. Ese día nuestras posesiones terrenales cambiarán de manos o se perderán para siempre, siempre ha sido así. Sin embargo la era digital añade una serie de desafíos únicos a este ineludible momento de nuestro periplo vital.
Hasta hace unas pocas décadas nuestras posesiones eran siempre físicas, dinero (al que nunca le faltarán pretendientes), ropa, libros, objetos, fotos… El destino de muchos de estos bienes se resolvía en el testamento y el resto o bien se quedaba cogiendo polvo en algún desván o bien se donaba a algún rastrillo.
La transición a la era digital nos plantea tres nuevos desafíos a la hora de decidir el destino de nuestras posesiones cuando alguien fallece.
Encontrar los datos
Las posesiones físicas son fáciles de encontrar por lo general y suele haber un registro en el que consta su localización, valor, etc… El caso de las posesiones digitales es muy distinto. En muchos casos los familiares no tendrán ninguna constancia de que las posesiones digitales en forma de suscripciones, archivos de audio o vídeo, publicaciones… existen.
Para buscar se empezaría por el ordenador personal, el móvil, discos duros, pen drives y cualquier otro dispositivo en el que estos datos puedan encontrarse. Luego seguiríamos por servicios en la nube como Google Drive, iCloud y también comprobaríamos la existencia de cuentas en redes sociales.
Pero en el caso de que el fallecido haya almacenado datos en servicios menos obvios será muy difícil que éstos acaben siendo localizados y que acaben por no ser reclamados jamás.
Acceder a los datos
Una vez que encontramos los datos, no tenemos la garantía de que vayamos a poder acceder a ellos. Podemos encontrar la caja, pero si no tenemos la llave no nos servirá de mucho.
Si el fallecido ha protegido sus aparatos digitales (móviles, ordenadores) con contraseña, nos será muy complicado acceder a ellos. Recientemente ha sido muy comentado el caso en el que el FBI se ha enfrentado a Apple porque éstos se negaban a darles acceso al iPhone de un terrorista fallecido. Finalmente el FBI logró romper el cifrado del teléfono con la ayuda de empresas de seguridad altamente especializadas. Para el común de los mortales sería prácticamente imposible romper este cifrado.
En el caso de redes sociales y servicios online no nos será posible acceder a menos que tengamos los datos de acceso del fallecido. En algunos casos las empresas digitales están ofreciendo servicios para que podamos dejar preparadas nuestras cuentas ante la eventualidad de nuestra muerte, Google lo llama eufemísticamente Gestor de Cuentas Inactivas y Facebook Legado de Contactos (enlaces al final).
Propiedad de los datos
Hemos encontrado los datos del fallecido y hemos accedido a ellos pero eso no significa que esos datos nos pertenezcan y que estemos legalmente autorizados a acceder a ellos y quedárnoslos.
La realidad de la era digital es que, cada vez más, lo que poseemos no es tangible. Cuando nos suscribimos a un servicio de música o películas online, realmente no poseemos ese contenido sino que estamos pagando por el derecho a acceder a él. Y cuando fallecemos ese derecho desaparece con nosotros.
A medida que el mercado de los servicios digitales madure se hace más y más necesario que las empresas diseñen mecanismos para facilitar la gestión de nuestros datos una vez que ya no estemos aquí. En concreto todas las empresas digitales deberían tener una política de notificación de inactividad y de eventual borrado de datos después de un tiempo definido de inactividad.
Para obtener una información más en profundidad sobre el acceso a datos de familiares fallecidos pueden consultar este otro artículo en profundidad del blog de PSN Sercon.
El acceso a los datos personales de familiares fallecidos
https://psnsercon.com/blog/index.php/el-acceso-a-los-datos-personales-de-familiares-fallecidos
Gestos de cuentas inactivas de Google
https://www.google.com/settings/account/inactive