La Comisión Europea (CE) ha contactado con la autoridad de protección de datos holandesa para mostrar su desacuerdo con la interpretación que esta realiza del interés legítimo dentro del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La crítica parte de la postura adoptada por la autoridad de Países Bajos en un documento de directrices en el que sostiene que el tratamiento de datos por razones estrictamente comerciales nunca puede basarse en el interés legítimo de una empresa.

La CE ve esta interpretación demasiado estricta y cree que entra en conflicto con el RGPD, con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y con las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).

La CE va incluso más allá y advierte de que este tipo de interpretaciones pueden suponer una limitación severa de las actividades de tratamiento de las empresas.

A pesar de las críticas de la CE, la autoridad holandesa ha indicado que no ve necesario cambiar su postura.

Las comunicaciones entre la CE y la autoridad holandesa han salido a la luz gracias a una solicitud de información pública por parte del periódico NRC y proporcionan una prueba de la tensión que existe entre la CE y las autoridades nacionales sobre la interpretación del RGPD. Mientras que las autoridades nacionales parecen estar yendo por el camino de las interpretaciones más estrictas, parece que la CE está decidida a recordarles que el objetivo del RGPD es proporcionar un alto grado de protección de datos asegurando al mismo tiempo que las empresas puedan desarrollar sus actividades.

La CE argumenta en su carta que excluir el interés comercial de los supuestos de legitimación socava la libertad de empresa que reconoce la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. La CE también asegura que la postura de holandesa va en contra del criterio del TJUE que plantea un proceso de tres pasos para determinar si existe un interés legítimo. Estos tres pasos son:

Determinar si existe un interés legítimo para el tratamiento.

Valorar la necesidad del tratamiento en cuestión.

Encontrar un equilibrio entre el legítimo interés del responsable de tratamiento y los derechos fundamentales del individuo y sus libertades.

La CE considera que la autoridad holandesa no ha tenido en cuenta este proceso y que ha parado su valoración en el primer paso sin considerar el segundo y el tercero.

La respuesta holandesa

Todo indica que la autoridad holandesa no ha modificado ni un ápice su postura en respuesta a la crítica. De hecho, su director ha declarado que están en desacuerdo con la visión de la CE y que cree que este asunto debe ser resuelto con total claridad por el TJUE. Además, recuerda que la autoridad holandesa es una entidad independiente y que la interpretación del interés legítimo está todavía siendo valorada por las diferentes autoridades nacionales y el CEPD.