El pasado agosto, un parlamentario francés Philippe Latombe planteó una pregunta al ministro de Educación en la Asamblea Francesa en el que alertaba de los peligros del uso de las versiones gratuitas de los paquetes de office de Microsoft y Google (Microsoft 365 y Google Docs) en las escuelas.

Para Latombe, el uso de estas herramientas gratuitas plantea problemas en muchos ámbitos, empezando por el de la libre competencia por tratarse de grandes compañías que actúan en un régimen de abuso de posición dominante en el mercado.

“A primera vista, la propuesta puede parecer atractiva,” advierte Latombe en su pregunta parlamentaria.  “Ya que promete un lugar único para la organización, acceso en cualquier momento, en cualquier lugar y desde cualquier dispositivo. Sin embargo, esta oferta gratuita equivale a una forma extrema de dumping y competencia desleal […] este tipo de prácticas comerciales, si bien pueden parecer atractivas para el consumidor, penalizan fuertemente a otros actores económicos,”.

El parlamentario también considera que existe un riesgo para la protección de datos derivado del uso de estas plataformas gratuitas en entornos educativos.

“Plantean un grave problema de soberanía, por la localización de datos personales”, aseguró el parlamentario. “Los datos se almacenan en una nube americana y están sujeto a la extraterritorialidad de la ley americana.”

La respuesta del ministro francés de Educación, emitida la semana pasada, secunda las preocupaciones mostradas por el parlamentario y toma la decisión de prohibir el uso de estas herramientas gratuitas en las escuelas francesas. Partiendo en principio de que el uso de servicios gratuitos por parte de terceros en la Administración Pública Francesa está prohibido.

El artículo L. 2 del Código de Contratación Pública establece que los contratos de contratación pública son contratos celebrados a título oneroso para satisfacer las necesidades de la entidad pública en materia de obras, suministros o servicios”, apuntilla el ministro en su respuesta. “Por lo tanto, las ofertas gratuitas de servicios están, en principio, excluidas del ámbito de la contratación pública.”

El ministro observa que detrás de esta gratuidad está la voluntad de acostumbrar a los más pequeños al uso de estas herramientas para que, después, de mayores, se suscriban a las versiones de pago.

El ministro advierte también de que cuando se trate de servicios que estén basados en la nube, los datos almacenados en esta deberán estar almacenados en suelo europeo y sujetos a la legislación europea según lo dispuesto en la sentencia “Schrems II”, algo que, por ejemplo, el servicio de Microsoft gratis para escuelas no cumple.

“La CNIL (agencia francesa de protección de datos) en una carta del 27 de mayo de 2021 recomendó que los establecimientos de educación superior, en ausencia de medidas adicionales que puedan garantizar un nivel adecuado de protección, utilicen suites colaborativas ofrecidas por proveedores exclusivamente sujetos a la legislación europea que alojan los datos dentro de la Unión Europea y no los transfieren a los Estados Unidos.”

“Las autoridades”, concluye el ministro “pueden así proporcionar soluciones de entorno de trabajo digital a los establecimientos que ofrecen funcionalidades de comunicación y colaboración respetando los principios del RGPD y la soberanía digital, lo que permite prescindir de las ofertas colaborativas de EE. UU. no inmunes a la ley extraterritorial.”