El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia esta semana que establece que los gobiernos de la Unión Europea no pueden citar la seguridad nacional como motivo para saltarse la ley europea en materia de privacidad, protección de datos y libertad de expresión.

Sin embargo, el TJUE sí ha establecido que, en caso de un peligro acuciante para la seguridad nacional, se podrá llevar a cabo la recogida y retención de datos de ciudadanos siempre que no exceda de lo “estrictamente necesario”.

Las amenazas a la seguridad pública y la necesidad de combatir el crimen organizado también pueden permitir la retención localizada de datos siempre y cuando se acompañen estas medidas con las salvaguardias adecuadas y se sometan a revisión por parte de un tribunal independiente.

El fallo del tribunal viene después de que un grupo de activistas denunciasen las leyes de varios países como Reino Unido (Investigatory Powers Act), Francia y Bélgica que dan poderes a los estados para realizar vigilancia masiva de sus ciudadanos. El fallo de esta semana supone un triunfo para las posición de los activistas.

En cualquier caso, la definición de qué es “estrictamente necesario” o de qué constituye una salvaguardia desde el punto de vista de un gobierno en cuanto a la vigilancia masiva de sus ciudadanos siguen siendo conceptos con cierto nivel de ambigüedad.

El fallo podría tener implicaciones para las aspiraciones del Reino Unido para conseguir un tratado de libre intercambio de datos, algo fundamental para que continúen los flujos de datos entre ambos territorios tras la consumación del Brexit al final de este año.

El problema vendría de los amplios poderes que el país británico da a sus agencias de seguridad para que intercepten y retengan comunicaciones, algo que no podrían seguir haciendo después de la sentencia de esta semana.

La sentencia del TJUE advierte de que cualquier condena que se obtenga abusando de los poderes del estado para la vigilancia podría ser revocada por el alto tribunal. Las pruebas obtenidas sin respetar los límites marcados por la sentencia no serían válidas.