A partir de ahora, gracias a su nueva página web, podremos conocer un poco mejor el funcionamiento y cometido del Comité Europeo de Protección de Datos, un nuevo organismo europeo formado por los directores de las agencias nacionales de protección de datos de todos los países que conforman la UE. La formación de este comité quedó establecida dentro del artículo 68 del Reglamento General de Protección de Datos.
El Comité, según el RGPD, tiene como objetivo fundamental garantizar la aplicación coherente y uniforme del nuevo reglamento, así como asegurar una cooperación efectiva entre las distintas autoridades de protección de datos de la UE. Para ello emitirá directrices interpretando los conceptos básicos del RGPD y adoptará decisiones vinculantes en caso de que se den puntos de vista enfrentados entre autoridades nacionales.
El RGPD estipula que el Comité debe funcionar de manera independiente y esto se traduce en que la Comisión Europea, aunque tiene el derecho de participar en las actividades del Comité, no tiene derecho de voto sobre sus decisiones.
La propia web del Comité resume así sus tareas y objetivos:
- Proporcionar una guía general (incluyendo directrices, recomendaciones y mejores prácticas) para clarificar la ley.
- Aconsejar a la Comisión Europea sobre cualquier asunto relacionado con la protección de datos personales y propuestas de nuevas legislaciones.
- Adoptar resoluciones uniformes en casos de disputa transfronteriza.
- Promover la cooperación y el intercambio de información entre autoridades supervisoras nacionales.
El Comité elaborará un informe anual sobre sus actividades que hará público a través de su página web.