A partir del 1 de enero de 2026 es ya obligatorio que los vehículos utilicen la baliza V16 conectada para señalizar averías o situaciones de emergencia en carretera. La Agencia Española de Protección de Datos expone que «la baliza de preseñalización de peligro V16 incorpora una luz visible y envía un aviso automático a los sistemas de tráfico cuando se activa. Esta comunicación transmite el lugar donde se encuentra el vehículo detenido y un identificador técnico del propio dispositivo».
Para adquirirlo, no es necesario proporcionar datos personales a ninguna administración, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) desconoce quién lo ha comprado.
Mientras no se activa, la baliza no transmite ningún dato y, en caso de ser activada ante una situación de emergencia, la información que se envía no permitiría conocer quién es la persona que conduce ni reconstruir sus desplazamientos. El dispositivo emite una señal mientras está encendida y deja de hacerlo al apagarse, sin generar historiales de movimientos o envío de datos de manera continua, y tampoco distingue si la activación es por avería o por accidente ni alerta a los servicios de emergencia.
La norma recoge que estos dispositivos están destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y el envío de la ubicación de un incidente al activarse, prohibiendo expresamente que incorporen funcionalidades adicionales (RD 1030/2022); la comunicación de datos será «anónima» en cuanto a la identidad del titular y solo se activará tras la pulsación manual o activación por impacto.
La obligatoriedad de la utilización de la baliza V16 está recogida en el Real Decreto 159/2021 que regula los servicios de auxilio en las vías públicas, modificado por el Real Decreto 1030/2022.
La DGT publicó el día 5 de enero más particularidades sobre el dispositivo de preseñalización V16, incluida una relación de marcas y modelos certificados. En las preguntas frecuentes de este mismo documento especifica que con este dispositivo no se está geolocalizado en todo momento ni podrán seguir al vehículo ni saber a la velocidad a la que circula. «La baliza únicamente transmite la posición, y solo cuando es activada en caso de accidente o de avería, pero no transmite ningún tipo de datos personales ni relacionados con el vehículo»; no está, por tanto, vinculada a una matrícula. La privacidad está protegida, ya que «la DGT solo recibe la ubicación del vehículo y no la identidad de su ocupante». Su única función es obtener visibilidad para avisar al resto de usuarios y evitar otros incidentes en carretera.
Los vehículos de nueva fabricación no vendrán con la baliza instalada, y no serán válidos como medio para señalización de vehículos inmovilizados ningún dispositivo V16 que no esté conectado. Por tanto, este dispositivo sustituye a los triángulos.
En cualquier caso, aunque la baliza es ya obligatoria pese a los rumores de un aplazamiento de la implantación, la Policía cumplirá por ahora una función informadora más que sancionadora, y no va a registrar los vehículos para comprobar si la llevan o no.
https://www.aepd.es/prensa-y-comunicacion/blog/vehiculos-conectados
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/20/1030
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