El Gobierno de España ha aprobado esta pasada semana el Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. Este proyecto de ley es la transposición de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 que España, de esta manera, incorpora a su legislación nacional.

El objetivo de la ley es favorecer la cooperación entre las autoridades de los países europeos a través de una armonización legislativa que derribe las barreras que “perjudicaba la necesaria confianza entre los actores de la cooperación policial y judicial penal en Europa, quienes mostraban recelos a compartir información, entre otros motivos, por la ausencia de una mínima armonización en cuanto a la protección de los datos de carácter personal; unos datos que resultan esenciales en el terreno de la cooperación operativa”.

El proyecto de ley se ocupa de la protección de datos dentro del ámbito de las investigaciones judiciales y policiales estableciendo los límites dentro de los que las fuerzas de seguridad pueden operar cuando llevan a cabo el tratamiento de datos personales.

Uno de los principales asuntos de los que se ocupa este nuevo proyecto de ley es el de la cooperación entre las fuerzas de seguridad de distintos países a través del intercambio de datos personales.

El texto determina que “la cooperación internacional y la transmisión de información de carácter personal entre los servicios policiales y judiciales de los países implicados se convierten en un objetivo ineludible” pero que en todo caso el “intercambio de información debe realizarse, en todo caso, de manera que se garanticen los principios democráticos y la seguridad de las personas a lo largo de las fases del tratamiento.”

El proyecto de ley reconoce los derechos de derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación del tratamiento, aunque puntualiza que podrán “ser restringidos por ciertas causas tasadas, como cuando sea necesario para evitar que se obstaculice una investigación o se ponga en peligro la seguridad pública o la seguridad nacional”.

El proyecto de ley ha sido enviado a las Cortes Generales y para su tramitación por procedimiento de urgencia.